martes, 23 de julio de 2024

ACABAR CON LO DE KOTE CABEZUDO (2)



La ejecución de los aspectos civiles de las sentencias penales es uno de los síntomas más evidentes de la enfermedad que padece el servicio público de justicia en las españas. La ejecución se podría llamar inejecución. Inejecución porque nada se hace para que las víctimas (Y los abogados por sus honorarios también, lo sé por propia experiencia) cobren las cantidades fijadas para reparar los daños causados.

Los condenados, estén o no en prisión, pueden seguir su vida y disfrutar de sus bienes e ingresos, cuya titularidad pueden ocultar impunemente, incluso hacer exhibición de su fortuna personal delante de sus acreedores, a pesar de que teóricamente la ocultación y el alzamiento de bienes son también un delito.

Como es sabido los cuatro pilares que sustentan nuestra justicia son el nepotismo, la corrupción, el amiguismo y el opus dei, pero en la inejecución se añade uno más : la incuria. Nadie hace nada, ni jueces, ni tramitadores ni fiscales, incluso es frecuente la oposición a las mínimas diligencias de averiguación instadas por las víctimas, la única ley que se aplica para encontrar bienes realizables o para realizar los bienes embargados por azares de la vida o despiste del condenado, esa ley que se aplica es la ley del mínimo esfuerzo en su versión suprema, la ley del nulo esfuerzo.

Al parecer, el condenado fotógrafo donostiarra tiene bienes embargados preventivamente en fase de instrucción y que se encuentran a su disposición sin que la oficina judicial proceda a su realización mediante el procedimiento previsto legalmente. Es vergonzoso, es posiblemente una forma de prevaricación judicial – hay que decirlo de vez en cuando -, pero es más fácil perseguir a quien insinúa que la abulia de la justicia es un crimen que funcionar en este trámite.

¿Cuándo cobrarán algo las víctimas ? Siendo optimista, no antes de 5 años.

Espero esta vez que no tendré que escribir nunca más sobre este asunto.


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