martes, 19 de abril de 2011

LA PROHIBICION DE LOS DUELOS

Museo de las Cortes de Cádiz. Cádiz, España.Image via Wikipedia
Quando un escrito contiene injurias personales. yo quisiera que en el reglamento se dixese que ipso /acto queda prohibido, de modo que sin que los injuriados tuviesen que acudir á un tribunal, sufra ya la pena el injuriador. Es cosa muy dolorosa que un hombre de bien y lleno de honor tenga que ir á recobrarle ante un tribunal ¿Qué dirá este? ¿Que se le ha injuriado? ¿Que se recojan los exemplares ? Y entre tanto estos ya han circulado por todo el reyno ¿Quién le resarce entonces su honor? Esto da margen á la corrupción de la moral pública; porque los hombres se acostumbran á mirar con indeferencia las injurias divulgadas en los papeles; y así, ó téngase por prohibido qualquicr papel que contenga injurias, ó si ha de seguir como hasta aquí, pido que se levante la prohibición de los duelos, y quede esto como estaba en tiempo de nuestros mayores... (Sr. Esteller, Diario de las discusiones y actas de las Cortes, 1810-1813) 

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2 comentarios:

Ricardo Signes dijo...

Interesantísima referencia. Veinte años más tarde de esa declaración, Larra publicaría su famoso artículo "El duelo", que es todo un alegato en contra de lo que defiende el autor de la intervención parlamentaria que nos ofreces.
saludos.

Antxón Massé (Togado en la melé) dijo...

La ciega, lenta, cara y mala Justicia que siempre castiga a la víctima de la injuria y rara vez de forma disuasoria al victimario; esa Justicia, hoy como hace 200 años, incita al ajuste de cuentas privado y así, en vez de solucionar conflictos, genera nuevos.