miércoles, 25 de marzo de 2026

JUSTICIA

Beduino, obra de Germán Villachica Bacquelaine, lápiz, carboncillo, sanguina, tinta china, sobre papel.


Sobre las 01,45 horas del día 21 de octubre de 1987, Pedro Jesús, de 18 años de edad, sin antecedentes penales, domiciliado en un pueblo de Albacete, soltero, sin profesión especial, afecto, según el médico forense – ignorante total de siquiatría -,  de un trastorno disociativo  conocido como « fuga sicógena » por lo que, según sentencia, tiene muy mermada su imputabilidad, con ocasión de encontrarse en Zaragoza, a donde había llegado por ferrocarril sobre las 23 horas del 20 de octubre, 2 horas y 45 minutos antes, entró en los servicios de caballeros de la estación de « El Portillo », donde únicamente se encontraba Germán de 75 años de edad, procedente de Jaca y que debía coger un tren con destino a Bilbao y que estaba orinando de espaldas a Pedro Jesús, el cual cerró la puerta de entrada, empuñando un cuchillo de caza, de hoja de 18 centímetros de longitud y mango de madera, sin pronunciar palabra alguna, se acercó por detrás a Germán, al que no conocía de nada ni había visto antes y le propinó hasta 11 puñaladas dirigidas a órganos vitales, 3 de ellas le atravesaron, acto seguido lavó puñal y manos y se ocultó en la estación. Un camarero de la cantina de la estación entró a los servicios de 10 a 15 minutos más tarde y encontró a Germán ya cadáver en un charco de sangre, pidiendo ayuda a voces, a lo que acudieron dos policías de servicio en el hall de la estación que avisaron por radio a la Comisaría que se encuentra enfrente de la propia estación, procediendo los efectivos a registrar el recinto ferroviario. Sobre las 04,15 Pedro Jesús de presentó en la misma Comisaría, identificándose como Gerard Biurrun, luego rectificó, dio su nombre y anunció que había asesinado a un hombre, le fueron intervenidos el puñal y una pistola de aire comprimido… (Relato extraído de la sentencia de 27 de enero de 1989 de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Zaragoza y de mi memoria pero pueden consutarse las hemerotecas, sobre todo El Heraldo de Aragón).

En el momento de su asesinato, Germán estaba jubilado, bilbaíno, vivía en Jaca (Huesca) pero iba todos los meses en tren a Bilbao. Dejaba mujer, cuatro hijos, ocho nietos… Su hija Isabel era mi mujer, se personó como víctima en el proceso pero pusimos a una abogada de Zaragoza, abogada del hijo mayor, para que velara por los derechos de todos los afectados por el asesinato, esta abogada apenas hizo nada en la fase de instrucción y lo que hizo lo hizo mal. Por una casualidad mi mujer se enteró el viernes 21 de enero de 1989 de que el juicio oral iba a ser el lunes 24 de enero, cuando estábamos en Jaca pasando el puente de San Sebastián y, acto seguido, nos enteramos de que el escrito de conclusiones que yo, a petición de la abogada, tras un viaje a Zaragoza y un estudio de la causa, le había redactado, no había sido presentado.

La instrucción del asunto, confeso el autor desde el minuto uno, fue nula, tanto por la policía como por el Juzgado, el médico forense omitió manifestar que no conocía el mínimo necesario de siquiatría para pronunciarse sobre la mente del reo. El Fiscal hizo el mínimo rutinario, su escrito de conclusiones se asemejaba a un escrito de defensa más que a un escrito de acusación. La abogada de la familia víctima presentó un escrito de adhesión al del Fiscal. El abogado de oficio de Pedro Jesús cumplió con su deber.

Mi mujer relevó a la abogada y tuve que asumir la defensa de mi familia en ese momento. Tengo la conciencia profesional tranquila, creo que hice bien el juicio porque fui reprendido varias veces por el presidente de la sala, que no ocultaba su interés en abreviar el trámite, y que defendió al médico forense de mis críticas – preparadas gracias a que un siquiatra forense auténtico me atendió personalmente el domingo -. La sentencia es de 3 días más tarde del juicio, siempre he pensado que estaba redactada antes y solo se fechó y se rellenaron los blancos que se habían dejado en el formulario.

Pedro Jesús fue condenado a 15 años de prisión, por asesinato con dos circunstancias atenuantes de enfermedad mental y arrepentimiento espontáneo. La sentencia fue confirmada por el Tribunal Supremo el 24 de diciembre de 1990 (Localizable Poder Judicial (Roj. : STS 14062/1990).

Poco después, 1992 creo, el Procurador de Zaragoza se enteró en el Juzgado que el condenado había disfrutado de varios permisos por buena conducta y que no había vuelto a la cárcel del último de ellos, encontrándose en paradero desconocido. Gracias a una amiga periodista donostiarra, informamos a la prensa local de Albacete que difundió mi nota de prensa inmediatamente, el prófugo fue detenido en la casa de sus padres donde se encontraba residiendo.

Mi mujer empezó a tener los primeros síntomas del tumor cerebral que la mató en la primavera de 1988. Pienso que el asesinato de su padre y el proceso judicial propiciaron la enfermedad. 

 

     

No hay comentarios: